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Impulsa interpone un incidente de ejecución de sentencia para aclarar el concurso del puente

Indican ser respetuosos con las decisiones judiciales, sin pronunciarse por tanto hasta que esté resuelto el asunto

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El consejo de administración de Impulsa El Puerto, en sesión celebrada el día 23 de noviembre de 2011, y dando cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Cádiz, tras retrotraerse las actuaciones conforme al fallo, adoptó un nuevo acuerdo, previo informe del comité Técnico de expertos y propuesta de la mesa de contratación, en el que se adjudicó el concurso para la construcción del puente sobre el río Guadalete conforme a las prescripciones de dicho fallo judicial.

Indican que, puesto que los criterios judiciales admitían diversas interpretaciones, se ha interpuesto un incidente de ejecución de sentencia a los efectos de que por el juez se aclare si los criterios aplicados por el citado comité de expertos y asumidos por el consejo de administracion de Impulsa son coincidentes y conforme al criterio del jurisdiccional, de tal forma que quede definitivamente concretado, por el único órgano competente, si la adjudicación efectuada es conforme.

No obstante, lo anterior, para garantizar los derechos de los licitadores y, especialmente, del señor Visedo, el Ayuntamiento a través de un órgano administrativo, ha acordado suspender la ejecución de la adjudicación y solicitar del comité de expertos que aclare su último informe, a la espera de que  el juez competente  adopte respecto de la aclaración de sentencia  la decisión que estime oportuna. "Reiteramos que esta decisión de un órgano administrativo  está supeditada, como no pude ser de otro modo, al definitivo pronunciamiento judicial que será el que acate Impulsa como siempre ha hecho. Por ello lamentamos, que de la rigurosa actuación de Impulsa, se haya hecho una interpretación interesada y sesgada precisamente por quien, gracias a este proceder transparente de Impulsa, tiene más garantizados sus derechos".

En definitiva, en estos momentos, confirman desde la empresa municipal, no es procedente hacer ningún tipo de valoración y mucho menos afirmación, sobre un pronunciamiento administrativo de trámite, que en todo caso está sujeto a la decisión definitiva, que en su momento dictará el juez de un órgano superior como es el del juzgado de lo contencioso administrativo.

Por este motivo, "no entendemos como una de las partes, se anticipa a la decisión de un juez, dando por hecho algo que no se ha producido aún, sentenciando de alguna forma, mediante el envío de una nota de prensa a los medios de comunicación y a los grupos políticos, algo que todavía está pendiente de juzgar por la persona que realmente tiene que hacerlo, que no es otra que el juez competente que instruye el caso. Desde Impulsa en todo momento vamos a seguir siendo lo más respetuoso posible en cuanto a las decisiones que adopten los tribunales. En este sentido, en ellos, nunca se le dio la razón total a los recursos del de señor Visedo, sino simplemente en los dos casos anteriores las sentencias se limitaban a corregir ciertos criterios de valoración, cosa que desde Impulsa se ha cumplido, acatando las sentencias anteriores en su totalidad y corrigiendo dichos criterios que una vez más parecen que admiten diferentes interpretaciones sobre las que el juez decidirá si se han realizado y aplicado correctamente o no, pero siempre y en todo caso, el juez y no un abogado que representa a una de las partes, anteponiendo su interés y decisión a la de la autoridad competente que es la que definitivamente tiene que dictar sentencia".

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