El tiempo en: El Puerto
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Condenado por provocar un incendio forestal al soldar en el mes de julio

La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un obrero que provocó un incendio forestal por hacer trabajos de soldadura en una nave durante el mes de julio y sin tomar medidas de protección

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un obrero que provocó un incendio forestal por hacer trabajos de soldadura en una nave durante el mes de julio y sin tomar medidas de protección.

El acusado Luis C.M., trabajador de la empresa Unijerez, provocó un incendio forestal en el paraje La Saucera de El Castillo de las Guardas (Sevilla) el 27 de julio de 2007, al saltar una chispa sobre el pastizal que no había sido limpiado ni refrescado suficientemente.

El fuego afectó a 25 hectáreas y los costes de extinción ascendieron a 15.060 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

Un juzgado penal condenó al trabajador a 9 meses de cárcel por un delito de incendio forestal por imprudencia grave, pena que ahora la Audiencia rebaja a seis meses teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y que el acusado colaboró en las tareas de extinción.

En su recurso, el condenado alegó error en la valoración de la prueba porque el hecho del incendio fue "involuntario y fortuito", pero la Audiencia considera demostrado que el origen del siniestro fue la conducta del acusado, "gravemente imprudente con resultado dañoso en terreno forestal".

Según la sentencia, en el juicio "resultó sobradamente acreditada" la responsabilidad del trabajador al "realizar labores de soldadura en el mes de julio, época de peligro alto de incendio, con altas temperaturas, pues eran horas centrales del día, y sin adoptar suficientes medidas de cuidado o control ya que no colocó ninguna mampara u objeto que retuviera las chispas".

Además, "no retiró el pasto y hojarasca próxima a la nave donde soldaba ni mojó siquiera en extensión suficiente para eliminar el riesgo".

Por ello, "en modo alguno cabe hablar de caso fortuito dado el elevado grado de previsibilidad y probabilidad de incendio", según la Audiencia, que también fija en 1.080 euros la multa que deberá abonar el condenado, así como pagar los gastos de extinción a la Junta de Andalucía.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN