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El juez Garzón se inhibe en el tema de las fosas comunes

En su auto de 152 páginas, Garzón explica que ?una vez constatada documentalmente la defunción de los principales responsables? de los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo ?procede, como propone el fiscal, la inhibición a cada uno de los jueces territorialmente competentes?.

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  • Un auto declara extinguida la responsabilidad de Franco por estar muerto. -
  • El magistrado deja en manos de los juzgados provinciales su investigación
  • Un auto hecho público ayer declara extinguida la responsabilidad penal de Franco
  • Insiste en que la Ley de Aministía no hace prescribir delitos como los ?niños del franquismo?

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón hizo público ayer un auto en el que declara extinguida la responsabilidad penal de Franco y otros 44 altos cargos del régimen en los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo por haber fallecido. Con esta decisión, el magistrado deja en manos de los Juzgados de Instrucción de las provincias donde existen fosas comunes la causa que abrió el pasado 16 de octubre.

 

Sin embargo, al mismo tiempo, insiste en que la investigación debe seguir adelante porque, en contra del criterio de la Fiscalía, los delitos no han prescrito por la aprobación de la Ley de Amnistía de 1977.


En su auto de 152 páginas, Garzón explica que “una vez constatada documentalmente la defunción de los principales responsables” de los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo “procede, como propone el fiscal, la inhibición a cada uno de los jueces territorialmente competentes”.

 

Así, la razón de su inhibición es que “ha dejado de estar vigente la conexión” entre aquellos delitos contra los altos organismos de la nación y de detención ilegal en el contexto de crímenes contra la humanidad de los que les acusaba, pero pide que siga la investigación en los Juzgados de Instrucción territoriales.


Para defender que continúe investigándose la causa, Garzón contradice al Ministerio Fiscal –al que dedica varias críticas en su auto– porque “no es lo mismo declarar la responsabilidad” de Franco y 45 altos mandos de su régimen “por fallecimiento” que "otorgarles la impunidad, el perdón y el olvido judicial”.

 

En este sentido, recuerda la decisión que el Comité de Derechos Humanos de la ONU aprobó el 27 de octubre de 2008, en la que instaba al Estado español a “considerar la derogación de la Ley de Amnistía” y que tomara “las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad”.


Esta resolución -en la que también se recomendaba la creación de una comisión de expertos que restableciera “la verdad histórica” –dice, según el juez, “claramente cuál debería ser la pauta a seguir” en esta investigación y que “desde luego no coincide con la interpretación que hace el Ministerio Fiscal en esta causa”.

 

Garzón critica que la Fiscalía piense que los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo prescibieron con la Ley de Amnistía por tener “una naturaleza política” o que de “por muertas” a todas las víctimas de dichos delitos cuando en casos que investiga la Audiencia Nacional como el del etarra Pertur o los responsables nazis de los campos de Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg defiende lo “contrario”.


Según Garzón, los hechos a investigar continúan “vigentes” tanto por la existencia de “miles de desaparecidos fallecidos” de los que no se ha dado razón de su paradero como por los “que aún puedan estar vivos” en referencia a los niños del franquismo, separados de sus familias y entregados a otras con una nueva identidad.

 

Esta “sustracción sistemática de niños” de padres que eran considerados “no aptos para asumir su cuidado y protección” por su ideología constituye un crímen contra la humanidad que no está prescrito ni aministiado, ya que las víctimas podrían estar vivas.


En esta línea, recuerda al poder judicial que tiene “la obligación” de investigar las desapariciones “legalizadas”, cuyo “número indeterminado dura hasta la fecha”. Garzón añade que olvidar esta realidad por más tiempo y poner trabas a la investigación “sería tanto como contribuir a la perpetuación de los efectos del delito y esto, además de injutos, sería cruel para las víctimas y contrario a los más elementales Derechos Humanos de toda la sociedad española y de la comunidad internacional.

 

Es más, incluso llega a considerar que la Fiscalía va “en contra de las víctimas” por suponer que todas las víctimas han fallecido “en un periodo que no identifica”. El juez incluye en la parte dispositiva de su auto un listado de aquellos Juzgados en cuyas provincias se encuentran las fosas comunes.

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