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Miércoles 26/06/2024  

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Condenan a 4 años a un ex policía local por multar por enemistad

La Audiencia de Lleida ha condenado a un ex agente de la Guardia Urbana de Lleida a 4 años y 6 meses de prisión por haber multado a varios vecinos de Alguaire (Lleida) por enemistad, ya que en el momento en que los denunció éstos tenían sus coches en el taller.

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La Audiencia de Lleida ha condenado a un ex agente de la Guardia Urbana de Lleida a 4 años y 6 meses de prisión por haber multado a varios vecinos de Alguaire (Lleida) por enemistad, ya que en el momento en que los denunció éstos tenían sus coches en el taller.

Durante el juicio, que se celebró el pasado 12 de mayo en Lleida, el ex agente, que actualmente se encuentra fuera de servicio por invalidez, negó los hechos y aseguró que no se había inventado las denuncias contra sus vecinos.

Los hechos ocurrieron en el 2007, cuando el condenado aún ejercía de agente de la Guardia Urbana de Lleida y, en un periodo de dos meses, impuso varias denuncias estando fuera de servicio a vehículos conducidos o propiedad de vecinos de Alguaire, donde el acusado residía por aquel entonces.

En todos los casos, las denuncias por irregularidades de tráfico las interpuso siempre por la misma zona de Lleida y sin identificar al conductor. Además, las denuncias tenían un minuto de diferencia en varios casos.

En las denuncias alegaba que el conductor iba hablando por el móvil –aunque no lo identificaba–, que iba conduciendo de forma temeraria, que se había saltado un semáforo o no había respetado el paso de peatones.

Según la sentencia, en las diligencias de comprobación de los hechos por parte del juzgado se vio que de las 14 denuncias cursadas por el acusado entre septiembre y octubre de 2007, 11 iban dirigidas contra los coches de varios vecinos de Alguaire.

En una de las ocasiones, interpuso dos multas contra un convecino con el que había tenido varios procedimientos judiciales.

Durante el juicio quedó demostrado que en dos de los casos los denunciados tenían el coche en el taller en el momento en que se les acusó de la infracción de tráfico, ya que así lo corroboraron los dueños de los establecimientos de reparación de los vehículos. Los otros alegaron que estaban trabajando en el momento de los hechos.

La sentencia considera acreditada la “inveracidad” de las infracciones denunciadas por el ex agente y señala también que aunque los agentes de la policía local tienen competencia para imponer multas fuera de servicio esto se hace de forma excepcional, cosa que no sucedió en este caso.

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