El tiempo en: El Puerto

Málaga

Atropelló borracho a madre e hija y atravesó una procesión en Málaga

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia en la que se condena a un hombre por conducción temeraria

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Audiencia de Málaga -

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia en la que se condena a un hombre por conducción temeraria al conducir borracho y atropellar a una madre y a su hija, tras lo que atravesó una procesión de la Semana Santa de la capital malagueña. Así, se ratifica la pena de un año de cárcel y tres de retirada de carné.

Los hechos sucedieron en abril de 2014 en el centro de la ciudad. El acusado circulaba con un turismo teniendo las facultades alteradas por la "abundante ingesta de bebidas alcohólicas", según declaró probado el juzgado. Así, en primer lugar golpeó a un bolardo colocado para cortar el tráfico con motivo de los actos de la Semana Santa.

Tras esto, según consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se introdujo en una zona reservada al transito peatonal, llegando a atropellar a una mujer y a su hija, que sólo requirieron una asistencia facultativa y que han sido indemnizadas por la aseguradora.

Después, continuó la marcha "cruzando el desfile procesional", hasta que fue detenido por agentes de la Policía Local en otra vía, "circulando en sentido contrario". Cuando fue sometido a las pruebas de alcoholemia, dio 0,94 y 0,96 en la primera y segunda, respectivamente.

Por estos hechos, se le condenó por un delito de conducción temeraria y se le impuso un año de prisión y privación del derecho a conducir vehículos durante tres años. Contra esta sentencia, la defensa presentó un recurso que ahora ha sido desestimado por la Sala de apelación.

En este sentido, el Tribunal confirma la decisión del juez de no estimar una alteración o enajenación mental del acusado en ese momento, al considerar que no existen pruebas de ello, por lo que confirma la resolución.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN