2014 se cerró con un total de 36 expedientes que sufrieron algo más de 400 trabajadores
En pleno mayo, el número de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) presentados por empresas jerezanas en lo que va de año asciende a cinco con 50 trabajadores afectados, incluyendo las tres modalidades, la de la extinción del contrato (1), que afectó a nueve trabajadores que se fueron al paro; la suspensión, es decir, el expediente temporal de empleo, conocido como ERTE, (1), impuesto para 20 empleados, y de reducción de jornada (3), por la que se vieron afectados 21 trabajadoress, según los datos aportados por la Delegación territorial de Empleo y Economía en Cádiz de la Junta.
A falta todavía de siete meses para cerrar los datos, si se mantiene esta tendencia, el año cerrará con un descenso considerable en el número de medidas de ajuste.
Y es que la cifra total de ERE que sufrió Jerez en 2014 todavía es muy lejana con respecto a la actual, puesto que se presentaron un total de 36 expedientes para 413 trabajadores. De ellos, nueve fueron expedientes extintivos (144 trabajadores), 7 de suspensión (119 trabajadores)y 20 para reducir las jornadas (150 trabajadores).
Los efectos de una dura crisis económica que no termina de irse del todo pero que parece algo más calmada se aprecian también si se comparan los datos del último año con los del 2013, otro año complicado, en el que las cifras de empresas que cerraron o plantearon medidas de ajustes para intentar sobrevivir también fueron bastante generosas. De hecho, según los datos facilitados a este medio, 2013 se cerró en Jerez con 52 expedientes registrados que padecieron un total de 443 trabajadores, entre extinciones (4) con 124 trabajadores que pasaron a engrosar las listas del INEM, suspensiones (25), con 230 trabajadores, y reducción de jornada (23) con 89 trabajadores. Hasta entonces, el tipo de expediente más habitual era el de suspensión, si bien en los últimos ejercicios las reducciones de jornada se han puesto a la cabeza.
No hay que perder de vista que además de implantar un despido más barato (20 días por año) y allanar el camino a las empresas, la reforma laboral que entró en vigor en 2012 cambió el procedimiento de los ERE, suprimiendo de un plumazo la autorización laboral de los despidos colectivos, así como en las suspensiones y reducciones de jornada y dejando a la Administración competente, en este caso a la Junta, un papel meramente consultivo.
Desde la nueva norma, sólo se necesita la autorización administrativa en los supuestos de fuerza mayor, entendiéndose fuerza mayor los expedientes ligados a fenómenos de la naturaleza o imprevistos de carácter extraordinario como puede ser, por ejemplo la parada de la pesca al no alcanzarse acuerdo con el reino de Marruecos. Unos supuestos que se dan en rara ocasión.
En consecuencia, la empresa sólo esta obligada a realizar una comunicación a la autoridad laboral y seguir un periodo de consultas (15 días en suspensión y reducción de jornada y en extinciones treinta días naturales, o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores), una vez finalizado (con acuerdo o sin acuerdo), el empresario comunica a los trabajadores y a la autoridad laboral su decisión, pudiendo el trabajador reclamar ante la jurisdicción de lo Social.