El tiempo en: El Puerto
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Junta decreta el desamparo de cuatro menores que retira a sus padres

Los progenitores van a interponer las medidas legales necesarias para revertir esta resolución administrativa.

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

La Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía de Huelva ha decretado el desamparo de cuatro menores, por lo que se ha efectuado la retirada de la tutela a los padres, los cuales van a interponer las medidas legales necesarias para revertir esta resolución administrativa.

   Así lo ha puesto de manifiesto en declaraciones a Europa Press el abogado de la familia, Ramón García, quien ha remarcado que este viernes se ha producido la entrega de los menores a un centro de la Junta de Andalucía, ya que la administración decretó el desamparo de los mismos.

   De este modo, el letrado ha explicado que los cuatro menores han pasado a un centro, donde los padres podrán realizar visitas y desde la Junta les han comunicado que la situación podrá revertirse si éstos logran eliminar las carencias que les han llevado a esta situación.

   Por su parte, los padres tienen un plazo de dos meses para interponer un recurso para impugnar la resolución administrativa por la vía civil, de manera que el letrado prepara ya la demanda civil que presentará en el Juzgado de Familia.

   Según ha precisado Ramón García, la resolución "no se apoya en ningún elemento objetivo constatado y de gravedad" para "una medida tan drástica". Así, ha remarcado que "no hay denuncia alguna violencia de género, ni a los niños, entre otros factores graves", de manera que "solo existe una familia con una serie de carencias".

   García ha señalado que los menores se encuentran escolarizados y "tienen sus necesidades básicas cubiertas", de manera que, sobre la pequeñez del lugar donde residen, ha apuntado que la pareja lleva inscrita desde 2009 como demandante en el registro de una vivienda social. Así las cosas, ha manifestado su confianza en que la familia "vuelva pronto a estar reunida".

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN

   Por su parte, desde la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales han indicado que la normativa en el ámbito de protección de los menores impide dar información de ningún caso concreto, pero consideran que es necesario aclarar una serie de cuestiones sobre la labor del Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

   "Todas las medidas que se adoptan por parte de la administración ante un caso de desprotección de un menor se encuentran perfectamente fundamentadas desde el punto de vista técnico y jurídico", han proseguido.

   Igualmente, "en todas las decisiones adoptadas prevalece por encima de todo la defensa de los derechos y el bienestar de los menores, que es el objetivo prioritario que rige cualquier medida de protección".

   Por parte de la administración existen además mecanismos, a través de equipos profesionales de tratamiento, para ofrecer a las familias una serie de recursos que les permitan revertir y corregir las situaciones que generaron la desprotección del menor. Han señalado que debe servir de ejemplo que la labor preventiva de dichos equipos ha posibilitado en los últimos años un descenso del 11 por ciento en el número total de medidas de desamparo decretadas por la Junta.

   No obstante, en aquellos casos en que finalmente no es posible la reunificación familiar, se opta por que los menores pasen a convivir con otra familia garantizándoles así un ambiente y desarrollo normales.

   Han recalcado, asimismo, que "en ningún caso se produce la retirada de un menor por la falta de medios económicos en la familia". Por último, para mayor garantía de los derechos de los progenitores, todas las decisiones que adopta la administración en materia de protección de menores son susceptibles de control judicial, y cualquier persona interesada en un procedimiento (padres, madres, acogedores, guardadores, etc.) está facultada para oponerse ante el juzgado a cualquier resolución en esta materia: declaración de desamparo, acogimiento familiar, régimen de visitas, etc.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN