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Sábado 20/04/2024  

El Puerto

Protestar en la calle sí

No son momentos para concentrar a personas y, desde mi humilde opinión de ciudadano de a pie nada entendido en epidemias, lo correcto es no autorizar ninguna

Publicado: 02/10/2020 ·
10:58
· Actualizado: 02/10/2020 · 11:00
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  • Cadena humana contra la trivatización de Los Toruños. -

Amigos de la república, defensores de Los Toruños, empleados de empresas públicas y privadas, defensores de la educación pública, vecinos cabreados, sindicatos, toreros y todos cuantos piden una manifestación o concentración en las calles de su ciudad no han tenido inconveniente alguno, bajo las premisas de seguridad y cumplimiento de las normativas covid, para poder ocupar las calles en la desescalada y en este impás que el verano nos ha medio permitido. E incluso ahora cuando peor estamos viendo las cosas, de nuevo.

Sin embargo, en esta sociedad actual se puede manifestar uno para protestar (sea cual sea el motivo de la protesta) pero no se puede uno manifestar para rezar. Quizá lo más correcto sea lo segundo, no lo discuto, pero nadie ha explicado por qué el criterio es distinto solo y exclusivamente para la Iglesia Católica.

Y no, no pido que se permitan ya procesiones, pero asistimos a un cada vez más evidente y más descarado aislamiento de todo lo que tenga que ver con el sentimiento y la fe católica, ya no solo de la Iglesia jerárquica, sino de las propias acciones personales de personas que se califican de católicas. ¿Cuál es el criterio para autorizar unas sí y solo otras no? ¿Por qué se escudan en que no se puede calcular ni controlar el aforo de, por ejemplo, un Rosario? ¿Acaso de una manifestación de la marea verde o de los amigos de Los Toruños o cualquier otra sí especifica en la solicitud en número exacto de personas que van a asistir? ¿Acaso saben al autorizarla que la asistencia va a ser escasa y que, por tanto, no tendrá problemas de control?

Me pregunto si hay alguna diferencia entre, por ejemplo, convocar a toda la población de la Bahía a protestar por la gestión de un parque natural o convocar un viacrucis o un traslado de una imagen o un Rosario de la Aurora o Vespertino. ¿Acaso los dos casos no pueden ser igual de multitudinarios? ¿Acaso no se trata de convocar a un número indeterminado (y siempre pretendiendo que sea numeroso) de personas en un mismo lugar?

Si existe una razón o criterio objetivo para esta diferenciación en función del motivo de la convocatoria alguna fuente autorizada debería de aclararlo antes de que lleguemos a la conclusión certera de que la única intención es encerrar a los católicos  los templos.

No son momentos para concentrar a personas y, desde mi humilde opinión de ciudadano de a pie nada entendido en epidemias, lo correcto es no autorizar ninguna de las manifestaciones ni concentraciones. Pero si unas sí, las otras también.

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