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Condenado un miembro de UPBLA por amenazas a un compañero de la Policía Local

El juez impone una pena de 60 días de multa con cuota diaria de 6 euros, haciendo un total de 360 euros

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  • UPBLA encara al alcalde con caretas y pancartas. -

 El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº2  de El Puerto de Santa María condena a un agente de la Policía Local, miembro del sindicato UPBLA, por amenazas  a otro compañero del cuerpo. Los hechos se produjeron, a la altura de la Jefatura de la Policía Local, el 4 de noviembre cuando, según consta en la denuncia, “ el denunciante se disponía a coger su moto para marcharse a su domicilio cuando llegó el denunciado con su vehículo aproximándose a gran velocidad contra el denunciado que tuvo que reaccionar para no ser impactado en una pierna”.

Un hecho, que cuenta no quedó ahí: “el denunciado ahora marcha atrás con su vehículo, vuelve a embestir al denunciante, que tienen que acelerar con la moto para evitar la colisión”. Que una vez fuera del vehículo, “el denunciado pasó por al lado del denunciante con mirada amenazante , y al verlo hablar con otros compañeros de trabajo se dirige al denunciante para decir gritando: “¿Tú que estás hablando?¿Qué has dicho? Repite lo que has dicho carajote, que eres un carajote, te crees que no tengo cojones. Eres un gilipollas y te voy a reventar, te tengo que matar, te voy a pisar la cabeza”. Ante lo anterior, explica en la denuncia como “algunos compañeros presentes abordan al denunciante y tratan de apartar al denunciante para evitar que fuera agredido por el denunciado, quien trata de zafarse de sus compañeros gritando contra el denunciante: “Eres un mierda y un gilipollas y te tengo que reventar, dejadme que me lo como, te voy a matar mierda, que eres un mierda, te voy a reventar”. Una “inquina”, a cuenta de las acciones del sindicato, al que pertenece el agente condenado, que según la víctima viene de tiempo atrás, desde el 2018.  

Hechos que fueron probados en parte por los testigos y queha llevado al juez  a condenar al agente por un Delito leve de amenazas tipificado en el art. 171.7 del Código Penal, a la pena de 60 días de Multa con cuota diaria de 6 euros, haciendo un total de 360 euros. En caso de incumplimiento, por cada dos cuotas diarias no satisfechas podría quedar privado un día  de libertad . 

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