El tejido asociativo aumentó un cinco por ciento durante el año 2015 en la provincia de Cádiz, según el balance anual del registro autonómico que gestiona la Consejería de Justicia e Interior y en el que están inscritas un total de 12.119 entidades.
En una nota, la Junta ha señalado que durante el pasado año se registraron oficialmente en la provincia 518 nuevas asociaciones, mientras que se disolvieron 32, tal como refleja el balance de este servicio, que, además de tramitar las inscripciones, se ocupa de otros procedimientos, como la modificación de los estatutos de las entidades, el registro de órganos de representación, cambios de sede social, integración en una federación o extinción de la actividad.
La mayoría de las asociaciones registradas en la provincia pertenecen al ámbito de la cultura, las ciencias, las artes y las letras (3.096), seguidas de las vecinales (1.676), las recreativas (1.263), las deportivas (1.068), las de acción social (743) y las de naturaleza y medio ambiente (528).
En cuanto a las entidades inscritas durante 2015, ha indicado que la estadística del Registro de la Junta refleja que la mayoría son del ámbito de la cultura, ciencias, artes y letras (95), seguidas de las de naturaleza y medio ambiente (59), de acción social (57), recreativas (57) y deportivas (48).
Además, respecto al ámbito geográfico de las asociaciones inscritas el año pasado, 208 son de alcance regional, 114 provincial, 27 comarcal y 169 local.
El Registro de Asociaciones de Andalucía tiene por objeto la inscripción de todos los colectivos, federaciones y confederaciones que no tengan fin de lucro, constituidos al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006 de 23 de junio de Asociaciones de Andalucía, que desarrollen sus actividades y tengan establecido su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, con exclusión de aquellas modalidades específicas reguladas por leyes especiales.
Como requisitos básicos para poder constituir una asociación se debe contar al menos con tres socios con plena capacidad de obrar, levantar un acta fundacional y aprobar en asamblea unos estatutos, que son la norma de funcionamiento de la organización. Además, no se necesita autorización previa para constituirla y sólo se prohíben las secretas y las de carácter paramilitar o que atenten contra los principios constitucionales.