La Audiencia exculpa definitivamente del caso ERE a dos exaltos cargos

Publicado: 24/03/2017
Insiste en que el "procedimiento específico" vulneró la legislación de manera "torticera, palmaria y grosera" durante nueve años
La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado de forma definitiva el archivo de la causa contra dos exaltos cargos de la Junta de Andalucía dentro de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

En dos autos fechados el día 22 de marzo, a los que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla rechaza de este modo el recurso interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la resolución en la que el juez Álvaro Martín archivó la causa contra estos dos exaltos cargos.

La Audiencia se ha pronunciado así sobre el recurso de Manos Limpias después de anular la fianza de 42.000 euros que el juez impuso al sindicato para la tramitación del recurso en el que le pedía que volviera a imputar a 15 de los 24 exaltos cargos de la Junta a los que exculpó en el auto donde procesó a otros 26, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

De este modo, el tribunal confirma el archivo de la causa contra el exsecretario general de Empleo de la Consejería y miembro del antiguo IFA entre los años 2000 y 2003 Juan Francisco García Martínez, y el que fuera interventor delegado de la Consejería de Empleo entre 2008 y 2013 Juan Luque Alfonso.

En el caso de Juan Francisco García, la Audiencia dice que, según estimó el instructor, "a los miembros del Consejo Rector de IFA/IDEA no se les puede imputar delito alguno por haber votado a favor de la concesión de convenios al no constar que tuvieran conocimiento de la tramitación irregular del expediente de la concesión de la ayuda en la Consejería de Empleo, en concreto en la Dirección General de Trabajo".

Y todo ello, añade el tribunal, en relación con la creación y mantenimiento del procedimiento específico, que define como "el entramado jurídico creado en el año 2000 y mantenido hasta el año 2009, en el que de manera torticera, palmaria y grosera, se vulneró la legislación en materia de subvenciones para conceder de modo arbitrario ayudas sociolaborales y a empresas en crisis".

"TRAMA"

Respecto a Juan Luque, la Audiencia afirma que "puede sorprender" que el interventor delegado de Empleo "desconociera la trama de la utilización de las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo", pero "del examen en profundidad de la causa y de las diligencias previas 174/2011 de las que la primera trae causa, se cuenta con declaraciones testificales de las que se desprende esa falta de conocimiento".

En este sentido, recuerda la declaración como imputado del exinterventor general de la Junta Manuel Gómez, quien señaló que "no comunicó" a Juan Luque el uso de las transferencias para otorgar subvenciones y que éste no tenía competencia alguna para emitir informe de disconformidad, "y en el caso que lo hubiera emitido él lo hubiera revocado".

"Con estos mimbres no entendemos acreditado indiciariamente que Luque tuviera conocimiento de esa utilización fraudulenta de las transferencias de financiación" por parte de la Consejería de Empleo, manifiesta.

En ambos casos, la Audiencia señala que "desde la perspectiva de que en la presente causa, desgajada de la matriz, se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado 'procedimiento específico', no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que" estos dos exaltos cargos "hubieran podido participar en la creación y mantenimiento" de dicho procedimiento.

La Audiencia apunta que "cuestión distinta" es que, como afirma la Fiscalía Anticorrupción en su informe, "puedan apreciarse otras responsabilidades penales en la concreta decisión de concesión de ayudas con fondos de la Junta a empresas inmersas en procesos de reestructuración empresarial mediante ERE así como otras ayudas directas a otras empresas que están siendo objeto de investigación" en piezas separadas de la causa matriz.

EL CASO DE LOS EXCONSEJEROS

Todo ello, según precisa el tribunal, "para el caso de que en la investigación concreta a dichas empresas se desprenda responsabilidad penal atribuible" a alguno de estos dos exaltos cargos.

La Audiencia Provincial, tras estos dos últimos autos, ha rechazado de forma definitiva el recurso de Manos Limpias contra el archivo de la causa contra 15 exaltos cargos que decretó el juez Álvaro Martín.

Esta misma semana, el tribunal exculpó definitivamente a nueve exaltos cargos, como son Isabel de Haro, que fue secretaria general de Desarrollo Industrial y Energético y miembro del Consejo Rector de IDEA; el que fuera técnico de la Dirección de Trabajo y director de Administración y Finanzas de IDEA Antonio Diz-Lois, y el exdirector general de Presupuestos Buenaventura Aguilera.

También ha ratificado el archivo respecto a las exsecretarias generales de Telecomunicaciones y miembros del Consejo Rector de IDEA Pilar Rodríguez y Ana María Peña Solís; el exdirector general de Desarrollo Tecnológico e Incentivos Manuel López Casero; el exdirector de Industria Jesús Nieto; el exsecretario general de Innovación Ángel Garijo, y el exdirector de Administración y Finanzas del antiguo IFA Pablo Millán.

En otros autos anteriores, asimismo, la Sección Séptima de la Audiencia ya rechazó el recurso de Manos Limpias y confirmó el archivo de la causa contra los exconsejeros Antonio Ávila, Manuel Recio y Martín Soler, y contra el exviconsejero José de Haro Bailón.

Recientemente, además, la Audiencia archivó la causa contra el exviceconsejero de Innovación Gonzalo Suárez y, de este modo, dejó en 25 el número de acusados en la pieza 'política' de los ERE, pues "no consta que hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado" procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas.

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