Condenados por abusar de una mujer con "intoxicación etílica"

Publicado: 11/12/2018
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de dos años y de diez meses de prisión impuestas a dos hombres en Almería
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de dos años y de diez meses de prisión impuestas a dos hombres que abusaron sexualmente de una mujer cuando estaba "mareada y desorientada" debido a la ingesta "de una gran cantidad de alcohol".

Uno de los procesados abordó en la calle a la víctima y la invitó a que celebrase su cumpleaños en casa de unos amigos, donde se cometieron los abusos "aprovechando la situación de intoxicación etílica de ella".

El Alto Tribunal desestima en su resolución, consultada por Europa Press, el recurso de casación de los acusados y ratifica el fallo de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería que les condenó como autores de sendos delitos de abuso sexual, uno de ellos con penetración.

El tribunal aplicó la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas ya que los hechos se remontan a 2007 e impuso a uno de ellos diez meses de prisión y al otro, dos años de cárcel, al margen de medida de alejamiento por cinco años a menos de 500 metros.

Según relata la sentencia, la víctima se encontró con uno de los procesados en la calle y él le invitó a celebrar su cumpleaños en casa de unos amigos. Horas más tarde, ella fue a la casa y allí estaban este, el segundo procesado y una tercera persona, fallecida en el momento del juicio.

Tras "tomar una gran cantidad de whisky" que había traído uno de los abusadores, la mujer se sintió "mareada y desorientada" y, entonces, este empezó a "besarla". A continuación la llevó a una habitación, "la empujó sobre un colchón y la desnudó al tiempo que le tapaba la boca para que no gritase en contra de su voluntad".

El falló remarca que, como ella empezó "a vomitar", el acusado "le dio una patada en la espalda" y se marchó del cuarto, al que entró entonces la persona fallecida y después el otro procesado.

Este último, "aprovechando que la mujer estaba privada de sentido por los efectos del alcohol", consumó el abuso "atentando contra su libertad y su indemnidad sexual".

La víctima sufrió un trastorno de estrés postraumático que precisó terapia farmacológica y cognoscitiva y tardó 60 días en curar, por lo que el tribunal fijó la indemnización, conjunta y solidariamente, en 3.000 euros por las lesiones, 815 euros por las secuelas y 10.000 euros por los daños morales.

MUESTRAS DE AND CON CONSENTIMIENTO

El Supremo señala en su sentencia que no existió vulneración de la presunción de inocencia y derecho de defensa ya que la toma de muestras de ADN se realizó, en contra de lo sostenido por uno de los recurrentes, con su consentimiento ante el juez y los abogados personados en la causa.

Añade que el daño sufrido a la integridad moral de la víctima "es evidente" como el "padecimiento" que le causó pese a que los procesados lo niegan.

Por último, confirma la existencia de un delito de abuso sexual ya que el tribunal no declaró que existiese violencia pero sí que hubo "una actuación atentatoria a la libertad sexual que se manifestó al aprovecharse los acusados de una situación de mareo e intoxicación alcohólica de la víctima, empujarla al colchón, desnudarla mientras que la acusada se oponía".

"El tribunal analiza la declaración de la víctima y, desde la inmediación afirma la ausencia de un consentimiento por parte de la víctima en la realización de los actos, los cuales por su contenido tiene un indudable componente sexual inconsentido, por lo que la subsunción en el tipo penal del abuso sexual es conforme a derecho", concluye.

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