La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha solicitado a la Fiscalía de este órgano que informe sobre si se debe admitir o no a trámite la querella que la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) ha presentado contra el diputado del PP en el Congreso por Almería Rafael Hernando por decir en un medio de comunicación que las víctimas solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
En la providencia del alto tribunal, que tiene fecha del 1 de abril, se solicita opinión al Ministerio Público sobre competencia y contenido de la querella tras acreditar la condición de aforado de Hernando, a quien la asociación acusa de un delito continuado de injurias graves hechas con publicidad.
La querella, a la que ha tenido acceso Europa Press, pide que Hernando sea condenado a participar durante cinco días como voluntario en un proyecto de exhumación a pie de fosa y pague una indemnización para reparar el "daño moral" sufrido por "humillarlas" al decir que las víctimas solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
A "modo simbólico", solicita de forma provisional que abone 1.000 euros, cantidad que la asociación destinará a la financiación de proyectos de exhumación que actualmente son costeados por las propias agrupaciones y llevados a cabo por voluntarios.
El colectivo lamenta que Hernando todavía no les haya dirigido una "clara disculpa" por sostener de forma "falaz e insultante" que los afectados solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
Para los querellantes, la afirmación de Hernando en un programa de televisión es "falaz, insultante, ofensiva e injustificada" toda vez que las asociaciones de víctimas del franquismo no reciben subvenciones desde finales de noviembre de 2011 --desde que el PSOE dejó el Gobierno-- y, en cualquier caso, las ayudas no se destinan directamente a los afectados, sino a actividades relacionadas con las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura.
La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica recuerda que Hernando es abogado de profesión y es "manifiesto conocedor" de las normas que emanan de las Cortes Generales, teniendo, por tanto, sus declaraciones un "carácter ofensivo" que constituye "un atentado muy grave contra la dignidad toda vez que se han producido con un conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio a la verdad".
Considera también que su "única motivación" era "humillar" a las víctimas al girar sobre unos hechos "notorios y execrables como son los cuerpos sin vida que permanecen en las cuentas de la geografía española" con expresiones que "difamatorias" contra personas que buscan a sus familiares, atribuyéndoles comportamientos de falsedad que hace desmerecer el público aprecio y respeto que merecen.
El escrito concluye que Hernando traspasó los límites de la libertad de expresión con una "injustificada" lesión a la asociación querellante y solicita al Tribunal Supremo que le llame a declarar para proseguir el procedimiento.