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Sevilla

Multan a una panadería por los ruidos que molestaban a una familia

El responsable de la tienda, en Torreblanca, ha sido condenado a pagar 1.080 euros en concepto de multa y una indemnización de 12.000

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  • Audiencia Provincial de Sevilla. -

El Juzgado de lo Penal número uno de Sevilla ha condenado al responsable de una panadería de Torreblanca a una multa de 1080 euros, tres meses de cárcel que no obstante quedan suspendidos, nueve meses de inhabilitación especial y una indemnización de 12.000 euros, al generar con su negocio emisiones de sonido por encima de los valores permitidos causando ruidos que "por su frecuencia, intensidad y horario afectaron gravemente al descanso nocturno y tranquilidad" de una familia.

En su sentencia, emitida el pasado 25 de febrero y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial declara como hechos probados que entre 2009 y 2015, una panadería de la calle Santa Pola, en Torreblanca, desarrollo su actividad de fabricación de pan y carga de dicho género en camiones entre las 23,00 horas de la noche y las 7 horas de la mañana "de cada día, ocasionando ruidos y vibraciones que afectaron" a una familia que residía "justo enfrente" del negocio, unos ruidos que "por su frecuencia, intensidad y horario de producción han afectado gravemente al descanso nocturno y tranquilidad" de estas personas, provocándoles "síntomas de ansiedad e insomnio que han interferido en su vida cotidiana".

La sentencia detalla además que la madrugada del 29 al 30 de junio de 2015, un técnico especializado de la Junta de Andalucía realizó mediciones del ruido generado por la panadería, apreciando emisiones de sonido procedentes de la maquinaria del negocio que superaban claramente el límite de 49 decibelios DBA estipulados como "valor límite", pues las mediciones arrojaron resultados de 60, 24, 65 y 66 decibelios.


Dado el caso, el responsable de la panadería resulta condenado a tres meses de cárcel como autor de un delito contra el medio ambiente con la atenuante muy cualificada de reparación del daño, quedando tal aspecto suspendido durante dos años a condición de no reincidir. Además, el responsable del negocio es condenado a una multa de 1080 euros y nueve meses de inhabilitación especial para profesión u oficio que cause ruidos molestos, así como a indemnizar con 12.000 euros a los afectados.

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