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El Supremo retira la orden de arresto a Rovira, pendiente ahora del caso Tsunami

Aún queda saber si la norma borrará el delito de terrorismo que se le imputa en Tsunami

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  • Marta Rovira. -

La dirigente de ERC Marta Rovira es por el momento una de las principales beneficiadas de la ley de amnistía, después de que el juez Pablo Llarena haya retirado su orden nacional de detención por el "procés", si bien aún queda saber si la norma borrará el delito de terrorismo que se le imputa en Tsunami.

El magistrado del Tribunal Supremo cree que el delito de desobediencia por el que está procesada Marta Rovira entra "en el ámbito de aplicación" de la ley de amnistía, que entró en vigor el pasado 11 de junio, y por ello "procede dejar sin efecto" su orden nacional de detención.



No obstante, también ha solicitado a las acusaciones y a las defensas que se pronuncien sobre "la pertinencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad" respecto a la previsión de la norma de "amnistiar la responsabilidad derivada del delito de desobediencia", ante las dudas de si la ley tiene encaje en la Constitución.

A la espera de saber el recorrido de esta consulta, por el momento la decisión del juez ya permite a la secretaria general de ERC, que vive en Suiza desde que se fugó en 2018, volver a España sin temor a ser detenida, aunque todavía pesa sobre ella una imputación por terrorismo en la Audiencia Nacional por los disturbios atribuidos a la plataforma Tsunami Democràtic en el otoño de 2019 en Barcelona.

Es el juez de la Audiencia Manuel García-Castellón quien tiene que decidir cómo afecta la ley de amnistía a este procedimiento abierto por delitos de terrorismo y en el que hasta ahora Marta Rovira no ha tenido ninguna orden de detención.

La Fiscalía ha apoyado aplicar íntegramente el perdón a esta causa, tanto a la rama que instruye la Audiencia Nacional y afecta a Rovira, como a la que mantiene abierta el Tribunal Supremo contra el expresidente catalán Carles Puigdemont.

Estas son las dos causas relacionadas con el "procés" que tiene abiertas Marta Rovira, que durante un tiempo estuvo procesada por un delito de sedición, que desapareció tras una reforma del Código Penal de 2023.

El Tribunal Supremo tuvo entonces que evaluar las consecuencias que dicha reforma tenía en la causa del "procés" y concluyó que, en el caso de Marta Rovira, su actuación no encajaba en el delito de desórdenes públicos agravados, sino que se vio reducida al de desobediencia, que únicamente comporta pena de inhabilitación.

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