La hostelería gallega estrena este sábado nuevas normas para el desarrollo de la actividad. Concretamente, los restaurantes y salones de banquetes deberán exigir el certificado covid de vacunación durante todo el día, mientras que bares, cafeterías y furanchos solo tendrán que pedirlo a partir de las 21,00 horas, y en ningún caso para terrazas.
Además, todos los establecimientos tendrán limitadas las mesas a un máximo de ocho personas en interior y a 15 en terrazas, independientemente de que se pida o no certificado. Los horarios y los aforos no experimentan cambios.
La Xunta publicó este viernes la nueva normativa con respecto al certificado covid-19, que excluye a los menores de 12 años de presentar esta credencial, tras la autorización que ha dado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a la incorporación de la exigencia de esta credencial.
Actualmente, está implantada en todo el ocio nocturno, que también ve reducidos a ocho en interior y 15 en exterior el número máximo de personas por grupo. Además, Galicia ya pide el certificado covid en los albergues (para la ocupación del 100 por cien de las habitaciones compartidas, no si es un grupo burbuja) y a los acompañantes y visitantes de los pacientes ingresados en los hospitales.
"Ante la situación de peligro inminente que representa la evolución de la incidencia y que llegue a una situación de transmisión comunitaria, resulta proporcionado, necesario e idóneo adoptar medidas en este momento que sirvan para el control de la transmisión", señala la Xunta en el DOG.
MEDIDAS ESPECÍFICAS
Así, esta normativa tiene como objetivo medidas específicas ante la evolución de la pandemia, con la aparición de nuevas variantes y los en torno a 500 casos nuevos en los últimos días cada 24 horas.
En la orden se recoge que hay estudios que "pusieron en evidencia que el sector de la hostelería y restauración representa el mayor impacto en la transmisión de la infección", en comparación con mantener cerrados estos locales, medida que la Xunta pretende evitar con la imposición de este certificado, que en el caso de no estar vacunado obliga a presentar un test de antígenos o PCR negativo.
Por otro lado, la Consellería de Sanidade observa que este tipo de actividades, lo cual no ocurre con otros establecimientos como los comerciales, son "incompatibles" con el uso permanente de la mascarilla, que tiene una "eficacia probada como medida no farmacológica", al tiempo que mantener la capacidad al 100 por cien hace "difícil" el mantenimiento de la distancia de seguridad, por lo que fue preciso "evaluar este riesgo añadido de esta actividad".